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Autor: Administrator

C.C.P.

Competencias:

(Artículo 54 del R. D. 83/96 de 26 de enero de 1996)

    La
comisión de coordinación pedagógica tendrá, en relación con el régimen
de funcionamiento regulado en el Título V de este Reglamento, las
siguientes competencias:

a) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de etapa.

b)
Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y
responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de
etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el
proyecto educativo del instituto.

c) Establecer las directrices
generales para la elaboración y revisión de las programaciones
didácticas de los departamentos, del plan de orientación académica y
profesional y del plan de acción tutorial, incluidos en el proyecto
curricular de etapa.

d) Proponer al claustro los proyectos curriculares para su aprobación.

e) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa.

f)
Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de
evaluación y calificación y el calendario de exámenes o pruebas
extraordinarias, de acuerdo con la jefatura de estudios.

g)
Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar el proyecto
curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo
y la programación general anual, la evolución del rendimiento escolar
del instituto y el proceso de enseñanza.

h) Fomentar la
evaluación de todas las actividades y proyectos del instituto,
colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los
órganos de gobierno o de la Administración educativa e impulsar planes
de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas
evaluaciones.


Composición:

  • Director
  • Jefe de Estudios
  • Jefes de Departamento
  • Coordinador para las Tecnologías de la Información y de la Comunicación
  • Secretario

 Ejerce las funciones el Jefe de Departamento más joven

 

Claustro

    El Claustro de profesores del IES "Tamujal"
consta en este momento de 39 profesores que prestan sus servicios en
este Instituto de Enseñanza Secundaria.

Las funciones del Claustro son las siguientes:

  • Elevar al Equipo Directivo propuestas para elaborar el Proyecto Educativo y al Programación General Anual.
  • Establecer las directrices para elabora Proyectos curriculares de etapa, aprobarlos y evaluarlos; así como modificarlos.
  • Aprobar, previa presentación al Consejo Escolar, los aspectos docentes de la Programación General Anual.
  • Promover experiencias e investigaciones pedagógicas.
  • Elaborar el plan de formación del profesorado del Centro.
  • Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar y en el CPR.
  • Conocer las candidaturas y programas de la Dirección del Centro.
  • Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos.
  • Aprobar el calendario de evaluaciones, exámenes y pruebas extraordinarias.
  • Aprobar los criterios para la elaboración de horarios de profesores.
  • Analizar y valorar, trimestralmente, la marcha general y la situación económica del Centro.
  • Conocer las relaciones del Centro con instituciones y centros de trabajo.
  • Analizar y valorar los informes y evaluaciones que se hagan sobre el Centro.

 

Equipo Directivo

Director
Reyes Abel Hernández Blazquez
 
Jefe de Estudios
Ramón Santana González
 
Jefa de Estudios Adjunto E.S.O.
Marien Sauceda Polo
 
Secretaria
Mercedes Martín Rivera

 

 

Organización

Órganos de gobierno

  • El director.
  • El jefe de estudios.
  • El secretario.
  • La jefe de estudios adjunto:
    • De ESO.

Órganos de Participación
en el control y la gestión

  • El consejo escolar.
  • El claustro de profesores.

Órganos de coordinación didáctica

  • El departamento de orientación.
  • El departamento de actividades complementarias y extraescolares.
  • Los departamentos didácticos y de las familias profesionales.
  • La comisión de coordinación pedagógica.
  • Los tutores.
  • Las juntas de profesores.
  • La junta de delegados.

Asociaciones

  • Asociación de padres (AMPA).

 

 

Horarios

Lectivo:

PERÍODO HORARIO
De 8:30 a 9:20 horas
De 9:25 a 10:15 horas
De 10:20 a 11:10 horas
RECREO De 11:10 a 11:40 horas
De 11:40 a 12:30 horas
De 12:35 a 13:25 horas
De 13:30 a 14:20 horas

De Conserjería:

De lunes a viernes, de 8:30 a 14:20 horas.

De Secretaría:

Horario de atención al público de lunes a viernes de 10:00 a 13:00 horas.

De Biblioteca:

De lunes a viernes de 11:10 a 11:40 horas.

De préstamo de libros:

Mañanas: Lunes, martes y jueves de 11:10 a 11:40